Socio Farmacéutico Colaborador RANF

La Real Academia Nacional de Farmacia (RANF) y la Fundación José Casares Gil de amigos de la RANF, invitan a los Farmacéuticos comunitarios y demás profesionales del sector a hacerse socios y pertenecer a la prestigiosa Institución Científica que representan.

01

Preámbulo

En el año 1721 se crea por iniciativa profesional el Colegio de Boticarios de Madrid, transformado en 1737 por iniciativa real de Felipe V en el Real Colegio de Profesores Boticarios, con tres objetivos básicos: la defensa de los intereses profesionales, la formación de los futuros farmacéuticos y “el cultivo y adelantamiento de la Farmacia, Química, Botánica e Historia Natural”.

Este Real Colegio continuó su actividad, entre científica y profesional, a lo largo de los siglos XVIII y XIX. En 1898, al decretarse la colegiación obligatoria para todos los farmacéuticos españoles, ratificada en 1917, se formó el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, dedicado a tareas de control administrativo profesional y quedó el antiguo Real Colegio de Boticarios de la Corte entregado por entero a cuestiones científicas.

En 1920, bajo la Presidencia de José Rodríguez Carracido, se transformó oficialmente en corporación científica, el 5 de enero de 1932 pasó a llamarse Academia Nacional de Farmacia.

El 17 de junio de 1946 se establece en cuarenta el número de académicos, ya no únicamente farmacéuticos, sino también de ciencias afines, llegando a 50 en la actualidad; el 9 de agosto de 1946, inspirado por el Ministro José Ibáñez Martín, se introduce la Real Academia de Farmacia en el Instituto de España.

Por Orden del 28 de octubre de 1947 se destina el antiguo edificio de la Facultad de Farmacia, en la calle madrileña del mismo nombre, a sede de la Real Academia que se inaugura en 1967.

Desde su fundación, la RANF viene realizando en su sede importantes actividades científicas y académicas en beneficio de la salud, que se pueden ver en (www.ranf.com).

02

Objetivo y Actividades como Socio Farmacéutico Colaborador RANF

Con la finalidad de establecer una dinámica y permanente conexión entre el farmacéutico comunitario y demás asociaciones farmacéuticas con la Real Academia Nacional de Farmacia (RANF), se crea la figura de “Socio Farmacéutico Colaborador RANF”, en el contexto de la Fundación José Casares Gil de Amigos de la RANF.

El objetivo fundamental es proporcionar información científica a los farmacéuticos sobre las aportaciones y avances de la ciencia en el sector farmacéutico y ciencias afines, incrementando el impacto formativo y de actualización científica sobre el medicamento en beneficio del paciente; incidiendo directamente en los profesionales farmacéuticos para seguir así con su formación continuada.

Con esta nueva figura, la RANF pretende que los farmacéuticos en ejercicio permanezcan actualizados en los avances científicos sobre medicamentos y demás vertientes científicas, complementando las actividades que realizan el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, Colegios Farmacéuticos y distintas Asociaciones del sector.

Los Socios Farmacéuticos Colaboradores tienen que jugar un papel complementario esencial en la vida académica, actuando como elementos partícipes y difusores del significado y trascendencia del medicamento en la sociedad.

La Sección de Socios Farmacéuticos Colaboradores RANF está abierta a la incorporación de todas las personas físicas y jurídicas afines al ámbito farmacéutico.

La condición de Socio habilita entre otras, las siguientes actividades académicas:

  • Libre asistencia a las sesiones científicas semanales y otras que se celebren.
  • Acceso libre a los fondos bibliográficos de la producción científica propia de la RANF (www.ranf.com).
  • Acceso directo a la Biblioteca Virtual de la RANF, al catálogo completo de su fondo bibliográfico, servicio de préstamos de la biblioteca y libros y disposición directa de las obras digitalizadas (www.ranf.com).
  • Acceso directo a los actos en tiempo real mediante RANF-TV y diferido mediante las grabaciones en directo de todos los actos académicos (www.ranf.com).
  • Acceso directo a videos formativos en medicamentos y aplicaciones médicas.
  • La Fundación de la RANF organizará en su sede, anual y oportunamente, la celebración de una Sesión académica dedicada a los socios. Asimismo la Secretaria viabilizará la participación de sus miembros a todas sus actividades, así como a los actos, conferencias, convenciones, que se acuerden y que tengan lugar en la Real Academia.
  • Se adquiere y mantiene la condición de “Socio Farmacéutico Colaborador de la RANF” rellenando el formulario adjunto y abonando a su Fundación 70 € por año, en concepto de mecenazgo.
  • La RANF extenderá a todos los adheridos, un Diploma acreditativo de “Socio Farmacéutico Colaborador RANF”.

Agradecimientos

Para reconocer públicamente el apoyo de todos los Socios la página WEB (www.ranf.com) creará un portal Socio-RANF con un listado de los miembros adheridos, así como todas las noticias significativas que les afecten.

03

Deducciones Fiscales

Donaciones realizadas en el ejercicio 2016 y sucesivos ejercicios.

a. Deducción.

Los contribuyentes del IRPF tendrán derecho a deducir de su cuota íntegra el 75 % de los primeros 150 euros donados o de los bieneso derechos donados hasta el valor de 150 euros, calculado conforme a las reglas de valoración de la ley.

Los 150 primeros euros son los que el contribuyente decida respecto del total de las donaciones que haya realizado en el mismo ejercicio a una o varias entidades, sin que tengan que ser los primeros 150 euros en el tiempo.

El resto de la donación o de las restantes donaciones que superen los 150 euros darán derecho a deducir de la cuota íntegra el 30 % del importe donado o del valor de los bienes o derechos donados.

Además,Donaciones plurianuales: el 30 % se incrementará al 35 % si el contribuyente ha realizado donaciones por importe o valor igual o superior a la misma entidad en los dos ejercicios anteriores.

Para aplicar la deducción por donación plurianual es necesario que el donante haya realizado donaciones, a la misma entidad, al menos durante los dos ejercicios inmediatamente anteriores. A partir del tercer ejercicio, si continúa donando a la misma entidad por un importe igual o superior, podrá aplicar también el porcentaje incrementado del 35%. Si el donante deja de donar o reduce su aportación un año, perderá el derecho por donación plurianual y deberá volver a donar el mismo o superior importe, a la misma entidad, al menos durante tres años, aplicando el porcentaje incrementado el tercer año.

b. Límite a la deducción.

La base de las deducciones, por ejemplo, en los donativos dinerarios su importe, no podrá exceder del 10 % de la base liquidable del contribuyente. Por el exceso no se podrá practicar deducción.

04

Inscripción